Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el Abogado Ali Enrique Montilla en su carácter de defensor privado del ciudadano Leotulfo Antonio Lucena Saavedra, ya que la presunta violación de derechos constitucionales alegada por el accionante CESO, cuando la Jueza de Primera Instancia en Funciones de Control N° 09 de este Circuito Judicial Penal, Abg. Carmen Teresa Bolívar, en fecha 03 de Noviembre de 2010, se pronunció respecto a la solicitud realizada por la Defensa Privada en cuanto a la celebración de la Audiencia de Presentación de imputado, en el asunto principal signado con el N° KP01-P-2010-014266, celebrando el Tribunal de Primera Instancia la Audiencia de Presentación, siendo esta.....