DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Juicio Nº 3 actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ABSUELVE al ciudadano MIGUEL ANGEL CALDERON SOTO, Venezolano, titular y portador de la Cédula de Identidad Nº 15.319.727, por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos en los artículos 472 y 278 del Código Penal, en concurso ideal de delitos, conforme al artículo 98 eiusdem, por lo hechos anteriormente descritos y que no quedaron demostrados en el debate probatorio y cuya autoría, por ende, no le puede ser atribuida, en consecuencia se le considera INOCENTE. Sentencia Absolutoria que se dicta de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código orgánico Procesal Penal.
Se ordenó la libertad plena del mencionado ciudadano y el cese de las m.....