-DECISIÓN-
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Contencioso Administrativa, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer y decidir el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por los ciudadanos JOSÉ GREGORIO ÁLVAREZ y CARLOS ENRIQUE HERRERA VIZCAYA, titulares de las cédulas de identidad números V-15.448.863 y V-12.593.283, respectivamente; asistidos por la Defensora Pública Auxiliar Primera en Materia Contencioso Administrativo del Estado Lara, Abg. ALTHAIR T. ALVAREZ M., (INPREABOGADO N° 315.949), contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DEL CUERPO DE POLICÍA DEL ESTADO LARA (IACPEL).
SEGUNDO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto.
TERCERO: Se mantiene FIRME el Acto Administrativo N° 285-2021, de fecha 09 de diciembre de 2021, proferido por el CONSEJO DISCIPLINARIO DEL INSTIT.....