DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, declara el Decaimiento de la Medida decretada en fecha 26 de Abril del 2006 al ciudadano RAFAEL ANTONIO COLMENAREZ ANZOLA, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.071.222, debiendo comparecer solo las veces que sea requerido por este Tribunal.
Notifíquese a las partes. Regístrese. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 8
ABG. MARILUZ CASTEJÓN PEROZO