Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se ACEPTO LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA por la materia, planteada por el Dr. Freddy Duque Ramírez, en su condición de juez del Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, y se declaró la competencia de esta alzada para conocer y decidir la presente solicitud de inhabilitación del ciudadano Giovanny Antonio Crespo, efectuada en fecha 09 de enero de 2009, por la ciudadana Glory Josefina Lameda de Crespo, en su condición de esposa, debidamente asistida por la abogada Layla Sierra Bueno.