Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Tercero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACLARA el fallo dictado y publicado en fecha 09 de julio de 2019, respecto a la fecha de emisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En Barquisimeto, a los 18 días del mes de julio de 2019.
JUEZ
ABG. NAILYN LOUISANA RODRÍGUEZ CASTAÑEDA
SECRETARIA
ABG. FRANNYS PINTO
En esta misma fecha se dictó y público la presente aclaratoria, a las 12:59 p.m., agregándose al físico del expediente y al informático del sistema Juris 2000.
SECRETARIA
ABG. FRANNYS PINTO