DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del acusado:, plenamente identificada en autos, así como las pruebas ofrecidas para ser llevadas a Juicio. Ahora bien por cuanto los acusados hicieron uso de una de las Alternativas a la Prosecución del Proceso, se acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, otorgar la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO al acusado Ángel Alexander González López C.I. 19.658.882 por el lapso de un (1) año , debiendo cumplir las siguientes condiciones: 1.- mantenerse en la dirección aportada y en caso de cambio de dirección debe informar al tribunal, 2.- mantenerse laborablemente activo y 3.- ASISTIR A CHARLAS A PREVENCION DE DELITO, 4.- Debe comparecer ante la UNIDAD TECNICA DE APOYO PENITENCIARIO ante su del.....