Se dictó decisión mediante la cual se NIEGA, solicitud de revocatoria de Medida de Protección y Seguridad y Medidas Cautelares Sustitutiva de Libertad, en virtud de considerar este Tribunal la necesidad de su subsistencia durante todo el proceso, de conformidad con lo establecido en el articulo 88 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.