V
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por la PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO LARA, en contra de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA "JOSE PIO TAMAYO"
SEGUNDO: Se declara la Nulidad de la Providencia Administrativa Nº 00456 de fecha 27 de junio de 2007 dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA "JOSE PIO TAMAYO".
TERCERO: Se ordena el pago de los salarios caídos y demás beneficios que la ley le acuerde a la ciudadana Marly Carrillo, que no constituyan prestación efectiva del trabajo, desde la fecha de la finalización del contrato, es decir, desde el 31 de diciembre de 2006, hasta un (01) año después del parto, esto es, hasta el 27 de diciembre .....