DECLARO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los abogados RAFAEL GONZALEZ LARREAL y LUIGGI GRANADILLO BOSCAN, en su carácter de defensores privados del ciudadano Sargento Primero YONERBER DE JESUS BENAVIDES SANCHEZ, contra la decisión dictada por el Tribunal Militar Décimo de Control, con sede en Maracaibo, de fecha 06 de diciembre y publicada el 09 de diciembre de 2015, mediante el cual decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad, por encontrarse incurso en la presunta comisión de los delitos militares de Sustracción de Efectos Pertenecientes a las Fuerzas Armadas, previsto y sancionado en el artículo 570 ordinal 1º y Desobediencia, previsto en el artículo 519 y sancionado en el artículo 521 ordinal 4º, concatenado con lo establecido en los artículos 389 ordinal 1º y 390 ordinal 1º, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, conforme a lo previsto en el literal "b" del artículo 428 en concordancia con el artículo 440 ambos del Código Orgánico Procesal Pena.....