Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 51 Constitucional, y en los artículos 282, y 323, del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Militar Decimo cuarto de Control con sede en Guasdualito, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY: Primero: Rechaza la petición de sobreseimiento dirigida por el Mayor José Daniel Monsalve Maldonado, actuando con el carácter de Fiscal Militar Trigésimo Quinto con Competencia Nacional, con sede en Guasdualito, a este órgano jurisdiccional en funciones de Control, de conformidad con lo establecido en el artículo 318.1 del Código Orgánico Procesal Penal; Segundo: Ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscal Militar Superior del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, para que, en aplicación de lo previsto en el artículo 323, único aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, mediante pronunciamiento motivado, ra.....