Mediante resolución Nº PJ0252025000236, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Angostura del Orinoco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, presentada por la ciudadana NINOSKA DEL CARMEN GOMEZ CARDOZO, debidamente asistida por el abogado ALI VERA GONZALEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 49.911, y de este domicilio, se ordena oficiar lo conducente a la autoridad civil del Municipio Angostura del Orinoco de Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, por ante la cual se inserto el ACTA DE DEFUNCION, para que se sirvan insertar esta SENTENCIA en los libros correspondientes y estampar la nota marginal en el acta de Defunción Nº 223, Folio 225, del año 2025, llevada por el Registro Civil del Municipio Autónomo Angostura del Orinoco, Antiguo Municipio Autónomo Heres, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, corrigiendo así el erro.....