Se declaró CON LUGAR la solicitud de la aclaratoria en la sentencia dictada en fecha 01 de julio de 2016; por lo que donde se indicó en el particular PRIMERO como: "la ex cónyuge cede el 50% de los derechos de propiedad que posee", siendo lo correcto "el ex cónyuge cede el 50% de los derechos de propiedad que posee". Y en el particular SEGUNDO donde dice: "la ex cónyuge cede el 50% de los derechos de propiedad que posee", siendo lo correcto "el ex cónyuge cede el 50% de los derechos de propiedad que posee". Téngase la presente aclaratoria como complemento de la sentencia definitiva dictada en fecha 01 de julio de 2016.-