Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley y el Derecho declara:
PRIMERO: La falta de competencia de este Tribunal, en razón de la materia, en la demanda interpuesta por la ciudadana AMALIA MERCEDES MENDOZA PIÑA venezolana, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nro. 7.394.991 asistida por el abogado ANTONIO MARCANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Numero 28.386 en contra de la DIRECCION GENERAL SECTORIAL DE EDUCACION y GOBERNACION DEL ESTADO LARA. Se declina ante el Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental.
SEGUNDO: Ordena la remisión de la causa al Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental.
Publíquese, Regístrese y déjese co.....