Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana y por autoridad de la Ley: Declara cierta la obligación de rendir las cuentas reclamadas por el demandante JOSE ANTONIO MARTINS TOLEDO en los límites del mandato que le otorgó en fecha 29/07/2010 a la demandada y del negocio jurídico de fecha 01/03/2013 celebrado por la demandada actuando en nombre propio y en calidad de mandataria del actor, donde vende un inmueble dejado a la sucesión que ellos conforman, por su padre, el De Cujus ANTONIO LAURENCO MARTINS DUCARNO constituido por una parcela de terreno con un área total de Un mil quinientos noventa y seis metros cuadrados (1.596,00 M2) ubicada en el sector denominado "Castillito" en Puerto Ordaz, Municipio Caroní del estado Bolívar, a la empresa CORPORACION AKASA, C.A .....