Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA EN REENVIO, declarando CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 22 de marzo de 2000, por el ciudadano CARLOS ALBERTO DA CUNHA ALCAIDE, en su carácter de representante legal de la demandada, contra la sentencia del 20 de marzo de 2000, proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio de Cobro de Bolívares vía Intimación, seguido por la empresa COMERCIALIZADORA DE CARNES EL TUNAL, C.A., contra la empresa FRIGORIFICO LA PROVEEDURIA C.A. Queda REVOCADA la sentencia apelada. Se condenó en costas a la empresa Comercializadora de Carnes El Tunal C.A., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. No hay condenatoria en costas del recurso, por haber sido revocado el fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 281 eiusdem.