Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" de el ciudadano JOSE FRANCISCO MEDINA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.926.123, falleció el día 19/07/2022, en el CDI GRAN SABANA DE PUERTO ORDAZ, a consecuencia de un INFARTO AGUDO MIOCARDIO, CARDIOPATIA ISQUEMICA, según acta de defunción Nro.789, Libro Nº 4 del año 2022, tal como se evidencia en la referida acta expedida por el Registro Civil del Municipio Caro.....