Es por ello que este Tribunal Sexto (6º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por Concluido el Proceso y HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada.
Se deja expresa constancia que el instrumento Bancario del BANCO BANESCO, el cual se encuentra identificado con el Nº 29064894 de fecha 17/05/2016, por la cantidad de CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLÍVARES 72/100 CÉNTIMOS (Bs. 54.368,72), a nombre de la ciudadana ANA ALCALA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.190.833, el cual es recibido en este acto a su entera y cabal satisfacción.