Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias con sede en San Cristóbal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, conforme a las previsiones del artículo 593, ordinal 2° del Código Orgánico de Justicia Militar y en virtud de lo señalado en el artículo 443 Numeral 2 eiusdem, decreta la extinción de la pena impuesta al penado ADRIAN YOEL PAREDES RANGEL, titular de la Cédula de Identidad Nº 23.493.474, ex plaza de la 3502 Compañía de Policía Militar "Stte Gabriel Picón González", con sede en el Estado Mérida, con domicilio y residencia en el Sector Bella Vista, Vía Zea, Casa S/N, de color blanco con rosado, puertas negras, entre el Amparo y Tovar, Tovar, Estado Mérida, perteneciente al Contingente Septiembre 2009; quien fue condenado a cumplir la pena de.....