DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Noveno en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, impone al ciudadano RUBÉN GREGORIO GUTIÉRREZ, Cédula de Identidad 12.024.932,, y precalifico el hecho punible en los delitos de CAMBIO ILICITO DE PLACA DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y APROVECHAMIENTO DE VEHICULOS PROVENIENTES DE HURTO O ROBO, previsto y sancionado en los artículos 8 y 9 DE LA Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, la cual consiste en presentación ante la taquilla de presentaciones de imputados cada 8 días, y prohibición de salida del Estado Lara sin autorización previa del Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 256 ordinales 3 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal.- .....