En virtud de las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la empresa RESTAURANT A QUE CESAR, C.A., contra la decisión definitiva de fecha 04 de junio de 2015, dictada por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO del inmueble ubicado en la avenida Francisco de Miranda de la Ciudad de Carora, Municipio Bolivariano G/D Pedro León Torres de esta entidad Federal, el cual tiene una superficie de terreno de 484,50 m2, el cual está alinderado así: Norte: Av. Francisco de Miranda que es su frente; Sur: Calle Barquisimeto; Este: Av. Francisco de Miranda; Oeste: Casa Solar Sucesión Mendoza Lameda; in.....