Este Juzgado de Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por los ciudadanos, NANCY YVONNE DELGADO DE GARCES, ZORAIDA JOSEFINA DELGADO PARRA, CIRILO GREGORIO DELGADO PARRA, SONIA RAMONA DELGADO DE MARIN y JOIBI JOSE DELGADO PARRA mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V-4.726.435, 7.308.771, 7.312.243, 7.364.086 y 7.402.798, asistidos por la abogada Yanettsy del Carmen Mendoza Arrieta, inscrita por ante el Inpreabogado N°234, conforme al artículo 341 del Código de Procedimiento Civil y la disposiciones legales up-supra señaladas así decide.