Visto el cumplimiento de la pena y decretada como ha sido la libertad plena, según auto motivado de fecha 20 de septiembre de 2012 emanado por éste Órgano Jurisdiccional, a favor del ciudadano IWIS YAMIL MEDINA MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad N° V.- 20.295.776, quién fue condenado a cumplir la pena de un año (01) y tres (03) meses de prisión, por el delito militar de Deserción, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 ordinal 2° y el artículo 528, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, más la pena accesoria de ley contemplada en el artículo 407 ordinal 1° ejusdem y luego de cumplido con todos los requisitos exigidos de ley, este Tribunal Militar Tercero de Ejecución ORDENA remitir la presente causa signada con el N° CJPM-TM3ES-007-11, conformado por dos (2) piezas, la pieza N°1 constante de doscientos diez (210) folios útiles, la pieza N° 2, constante de cuarenta y uno (41), al Circuito Judicial Penal Militar, para que sea incluido en el Archivo General llev.....