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Decisiones del dia 16/11/2006

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Segundo de Control LOPNA. Extensión Ciudad Bolivar.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : FP01-D-2006-000191 N° Sentencia : PJ0142006000133 Fecha: 16/11/2006
Procedimiento:
Audiencia De Presentación Del Aprehendido
Partes:
XXXXXX Y XXX Y XXXXX
Resumen:
Este Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: considera que es pertinente el cambio de calificación jurídica de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA a ROBO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal en concordancia con el artículo 80 del mismo Código; ello en virtud de que para que exista el Robo Agravado, debe haber amenaza a la vida, estando además uno de los sujeto, manifiestamente armados. Por lo que considera este Tribunal que no se encuentra llenos, los extremos del artículo 458 del Código Penal. Por todo ello, es por lo que se precalifica el hecho punible como: ROBO EN GRADO DE TENTATIVA. Considerando la solicitud por parte del Ministerio Público, se acuerda el procedimiento Ordinario, de conformidad con el articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión del artículo 537.....
Juez/Ponente:
Amada Hidalgo
Organo:
Tribunal Segundo de Control LOPNA. Extensión Ciudad Bolivar.
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N° Expediente : FP01-D-2006-000192 N° Sentencia : PJ0142006000132 Fecha: 16/11/2006
Procedimiento:
Audiencia De Presentación Del Aprehendido
Partes:
XXXX Y LA COLECTIVIDAD (VICTIMA)
Resumen:
EL Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: A fin de establecer el procedimiento a seguir y la medida a imponer al adolescente: xxxx, este Tribunal considera que el delito imputado por la Fiscal del Ministerio Público de Porte ilícito de Arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, se encuentra acreditado de los elementos de convicción que se deriban de lac actuaciones procesales cursante en el expediente. Tomando en cuenta el análisis en las actas cursantes en la presente causa y considerando las circunstancias en que ocurrieron los hechos aquí narrados por la Fiscalía del Ministerio Público, considera esta Sala, que es procedente la precalificación de Porte ilícito de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, aún cuando no se encuentra cursando Experticia correspondiente del.....
Juez/Ponente:
Amada Hidalgo
Organo:
Tribunal Segundo de Control LOPNA. Extensión Ciudad Bolivar.
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