En mérito de las consideraciones precedentemente señaladas, este JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR las cuestiones previas contenidas en los ordinales 10° 6° y 11 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, alegada en la pretensión de NULIDAD interpuesto por el ciudadano, DANIEL ANDRES DI BARTOLOMEO VILORIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.034. contra los ciudadanos : MUHMAD AMIR MAHMUD RABAJ, ALFREDO STELLUTO y HERNAN FROILAN HERICE GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° 7.493.115, 7.394.382 y 7.319.533, respectivamente
Regístrese y Publíquese, incluso en la página web del Tribunal Supremo de Justicia www.lara.scc.org.ve.
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del Juzgado Quinto de Municipio O.....