´-III-
DECISIÓN.
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE, la acción que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO que han intentado el ciudadano WUIXAY ANTONIO LOPEZ GUERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedulad de identidad N° V-28.609.530, contra la ciudadana RAISA RAQUEL TORRES DE BRAVO, venezolana, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad N° V-7.389.744, y de este domicilio.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, regístrese en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve déjese copia certificada.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercant.....