DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Abg. PERLA TORRELLES PÉREZ, contra de la decisión dictada en la audiencia oral, celebrada en fecha 07-03-2014 y fundamentada en fecha 13-03-2014, por el Juez del Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 11 de este Circuito Judicial Penal, Extensión Carora, mediante la cual decretó MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano RAFAEL JOSÉ LÓPEZ MENDOZA, por la presunta comisión del delito de OCULTACIÓN ILÍCITA DE DROGA, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en Barqui.....