PRIMERO: CONDENA al acusado: JEAN JOSE MAMBEL GUTIERREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.352.723, residenciado en el Barrio la Paz, sector 15, calle 3 con carrera 4, número de casa 1 de Barquisimeto del Estado Lara, a sufrir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN MAS LAS PENAS ACCESORIAS DE LA LEY POR LA COMISIÓN DEL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1 del Código Penal vigente.-
SEGUNDO: Se la medida de privación judicial preventiva de libertad al acusado de autos JEAN JOSE MAMBEL GUTIERREZ, identificado en autos, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 367 del Código Orgánico Procesal Penal debiendo permanecer recluido en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental.-