Por las razones antes expresadas este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la apelación interpuesta por los abogados GIOVANNY MELÉNDEZ y PABLO RODRÍGUEZ, en su carácter de apoderados Judiciales de la parte actora contra la decisión dictada en fecha 22-02-2006 por el Juzgado Tercero del Municipio Iribarren del Estado Lara mediante la cual declaró SIN LUGAR la demanda por Desalojo intentada por SERGIA SOTO DE TORREALBA, MARIA JUSTINIANA SOTO DE MENDOZA, todos identificados en autos.
Queda así CONFIRMADA la decisión dictada por el a quo.
Se condena en costas a la parte apelante por haber resultado totalmente vencida de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil vigente.
Publíquese y regístrese, Bajése el expediente oportunamente con oficio.-
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