En fuerza de lo antes señalado este Tribunal Militar Séptimo de Control, CON SEDE EN BARQUISIMETO, estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 46, 49 numeral 7° y 300 numerales 3º y 5º, todos del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA; seguida al ciudadano SARGENTO SEGUNDO YONNY JHON JAVIER GARCÍA ARRIETA, titular de la cédula de identidad No. V-20.369.988, plenamente identificado en autos, plaza de la Base Aérea "Teniente Vicente Landaeta Gil", para el momento de ocurrir el hecho, quien se encontraba incurso en la comisión de los delitos militares de ABANDONO DE FUNCIONES, DESOBEDIENCIA Y DESERCIÓN, previstos y sancionados en los artículos 534 (primer aparte), 519, 520, 523, 527 numeral 2º y 528, todos del Código Orgánico de Justicia Militar; en tal senti.....