DISPOSITIVA
             Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  Administrando Justicia, en Nombre de la República  Bolivariana  de Venezuela  y por Autoridad de la Ley declara CON  LUGAR     la pretensión de DESALOJO DE INMUEBLE  intentada por  la  ciudadana:  MARCIA  OCTTA AGÜERO  BARRIOS, a través de  su  Apoderado  Judicial,  Abg.  MARIO MACKENZIE MELENDEZ RODRIGUEZ,  contra  el ciudadano  RAFAEL  ANTONIO  ESTAI,  todos  identificados en autos. En consecuencia,  se condena al demandado a desalojar y consecuentemente a entregar a la parte actora, debidamente desocupado de bienes y personas, el inmueble ubicado en la  población de  Bobare,  Barrio La democracia, calle 10, Nro. 86, Parroquia  Aguedo Felipe  Alvarado,  Municipio Iribarren del  Estado Lara,   edificada las bienhechurías  sobre un  terreno  municipal,  cuyos  linderos  son: Norte:  En línea  de  29,90 metros  con  German  Giménez;    Sur:  En línea de  28,90 metros  con terrenos  ocupados  por  Aida  Agü.....