DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: declarar Con Lugar el Recurso de Apelación ejercido por la ciudadana YARLIN LUSMARY GRIAN, asistido por la Abg. Braulio Medina, en su condición de Solicitante de Entrega de Vehículo Automotor. En consecuencia, se Anula, conforme a los artículos 26 y 257 Constitucional y 175 y ss. del Código Orgánico Procesal Penal, el fallo recurrido emitido por el Tribunal 2º en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en esta ciudad, a cargo del Abg. Pablo Indriago, dictado en fecha 30-03-2015, y mediante el cual se otorga al ciudadano Gilberto Medina Blanca el vehículo automotor objeto de disputa. En virtud de ello, se retrotrae la causa al estado en que se encontraba previo al fallo objetado y que hoy se anula, por lo que el vehí.....