DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide.
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por los abogados PEDRO JOSE BRIZUELA inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 161.741 y ALEJANDRA MARIA TORREALBA, inscritos en el I.P.S.A bajo el N° 185.828, en calidad de apoderados judiciales de la parte accionada, FRANYELIS CAROLINA CARIPA CORONEL, identificada en autos, contra la decisión definitiva de fecha 18 de junio del 2025, dictada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA-CARORA, revocándose en consecuencia la misma.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido se declara Sin Lugar la demanda de reivindicación incoada por la ciudadana ANA ROSA MONTES DE OCA O.....