Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y muy especialmente por el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, declara firme el decreto intimatorio, condenando al demandado a pagar las siguientes cantidades: A) La suma de UN MILLON OCHENTA Y TRES MIL BOLIVARES (Bs. 1.083.000,00), en que estimó sus honorarios el abogado, y cuya cantidad fue declarada con lugar en sentencia de fecha 20/10/2015; B) La indexación tal como fue establecida en la sentencia de fecha 20/10/2015. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.