este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR el derecho a estimar e intimar honorarios, en la pretensión incoada intentada por el ciudadano WINSTON ANTONIO CONTRERAS CHUECOS, contra la sociedad de comercio PROTECCIÓN Y VIGILANCIA MARIVAN, C.A., ambos previamente identificados.
En consecuencia, como quiera que la demandada no se acogió al derecho de retasa, y habiendo sido desechada la defensa de fondo por ella esgrimida, debe tenerse como cantidad firme a pagar al demandante por concepto de su actuación profesional llevada a efecto en los asuntos numerados KP02-L-2005-297, EH11-L-2005-00062 y EH11-L-2005-0006, misma que debe ser reexpresada a tenor de lo establecido en el articulo 3 así como en la disposición transitoria tercera del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Reco.....