este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado
Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de
Venezuela y por Autoridad de la Ley, declarar: "INADMISIBLE" la solicitud de
INSPECCION EXTRAJUDICIAL presentado por la ciudadana ANNABEL RUIZ
GONZALEZ, abogada en ejercicio e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº
26.777, en representación de los ciudadanos: GUSTAVO ADOLFO BRUZUAL
BRITO Y MARIA LUISA RUSSIAN GUERRA DE BRUZUAL. Venezolanos,
mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros: 8.353.867 y
11.732.515, respectivamente.