/Este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 479 numeral 1, 500 y 510 del Código Orgánico Procesal Penal, derogado, ACUERDA al penado JOSE ANTONIO MORENO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 17.854.199, la FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA como es el REGIMEN ABIERTO y se le imponen las siguientes 1.- No cambiar de residencia sin autorización del tribunal. 2.- Debe tener seguimiento psicológico post-reclusión. 3.-Debe tener máximo nivel de supervisión por parte del Delegado de prueba. 4.- Debe dedicarse a la actividad laboral de su preferencia y mantenerse activo laboralmente. 5.- Se debe involucrar al grupo familiar en el proceso de reinserción social del sujeto. 6.- Debe recibir orientación en área de pr.....