Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, declara: Terminada y Desistida la demanda de Divorcio, de conformidad con la norma del artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes presentada por la ciudadana Norexis Norelis Troconis Piña, ya identificada contra el ciudadano Jesús Nazaret Querales Rodríguez, ya identificado, en consecuencia se ordena dejar sin efecto las medida provisionales dictadas en el auto de admisión de fecha 13 de agosto de 2.013.