TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por haber resultado totalmente vencida en el presente proceso.
Publíquese y regístrese.
Déjese copia certificada en el Libro correspondiente.
Dada, firmada y sellada en Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los quince (15) días del mes de Octubre del Dos Mil quince (2015). Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
La Juez Temporal,