Por las razones que preceden esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE, POR EXTEMPORÁNEO, el Recurso de Apelación interpuesto por el Abg. Eddie Clemente Tisoy Tisoy, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Adolfo Ramón Palencia Sánchez, contra de la decisión proferida en Juicio Oral y Público celebrado en fecha 01 de Junio de 2010 y publicada en fecha 08 de Junio de 2010 por el Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual CONDENÓ al ciudadano Adolfo Ramón Palencia Sánchez a cumplir la pena de Catorce (14) Meses de Prisión por la comisión del delito de Violencia Psicológica, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana Mercedes del Valle Contreras Rojas.