Este Tribunal Militar Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 2, 44 numeral 1º, 253 y 257, todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordada relación con los artículos 1, 5, 6, 13, 127 numeral 1º, 236 y 237, todos del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA A LA LIBERTAD, Y SE DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE ORDEN DE APREHENSIÓN contra el ciudadano CABO SEGUNDO CARLOS ENRIQUE CORTEZ ALMEIDA, titular de la cédula de identidad N° V-20.890.608, a quien se le sigue Investigación Penal Militar ante esa Vindicta pública, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos militares de USO DE ARMAS SIN NECESIDAD, DESOBEDIENCIA, ABANDONO DE SERVICIO Y LESIONES ENTRE MILITARES, previstos y sancionados en los artículos 508, 519 y 520 (parte inicial), 534, 537, 576 numeral 3º, con la aplicación de las agravantes est.....