PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por el representante de la Fiscalía Militar Décima Quinto de Valencia, en contra del ciudadano SARGENTO PRIMERO SEGUERI GEIVEZ RODOLFO ANTONIO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.342.176, por la comisión del Delito Penal Militar de INSUBORDINACION, previsto y sancionado en los Artículos 512 numeral, y 513 numeral 3°, del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Se Admiten Las Pruebas Presentadas por la Fiscalía Militar Decima Quinta, por ser lícitas, pertinentes y necesarias. En este estado del acto de audiencia la jueza militar le solicita al ciudadano secretario judicial imponer a los imputados del precepto constitucional que los exime de declarar en causa propia, explicándoles el contenido y el alcance de las medidas alternativas a la prosecución del Proceso establecido en los artículos 38 al 47 de la norma adjetiva penal vigente y del procedimiento especial por admisión de los hechos previsto en el artículo 375 del Có.....