Este Tribunal Octavo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 264, 256 numeral 9º del Código Orgánico Procesal Penal; 9, 10, 13 ejusdem, y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, REVISA y SUSTITUYE las medidas cautelares sustitutivas de la libertad a favor de SAIR DAVID ZAMORA AGUILERA, ANDRES JOSE ZAMORA AGUILERA y RAFAEL TOBIAS PIÑA MONTERO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 23.814.781, 14.528.909, y 18.838.304, respectivamente, como es presentarse cuando la Fiscalía o el Tribunal lo requieran. Se ordena fijar fecha para realizar la audiencia a los fines de fijar el plazo prudencial a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, para que concluya la investigación; por la presunta comisión del delito de RIÑA, previsto en el artículo 425 del Código Penal. Regístr.....