III
DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de Inserción de Acta de Defunción, presentada por la ciudadana MARÍA ELENA FLAMERICH RAMELLA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula identidad N° V-3.174.227 de conformidad con los artículos 770 y 771 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 458 del Código Civil. En consecuencia, se ordena insertar el acta de defunción del mencionado ciudadano, por ante la Alcaldía del Municipio Sucre, dejando constancia que falleció el día 26 de noviembre de 2007, en su domicilio ubicado en la Avenida Sanz, Residencias Belinda, Piso 11, Apartamento 11-B- El Márquez, Petare, Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda, a.....