Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y conforme a las previsiones del artículo 593, ordinal 2° del Código Orgánico de Justicia Militar, EJECUTA la sentencia dictada por el Tribunal Militar Duodécimo de Control con sede en Mérida en fecha doce de marzo del año dos mil nueve, en la cual Condenó al ciudadano SOLDADO JOSE NAZARETH ALVARADO CANELON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 19.956.102, plaza del 931 Batallón de Infantería "General en Jefe Santiago Mariño", con domicilio y residencia en el Barrio Curazao, Carrera 2, entre calles 2 y 3, casa sin número, detrás del Hotel Coromoto, Guanare Estado Portuguesa y al ciudadano SOLDADO MARCO ANTONIO CEBALLOS, venezolano, mayor d.....