este Juzgado actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declina la competencia en razón de la materia a un Tribunal con jurisdicción especial de protección de niños, niñas y adolescentes, todo de acuerdo con lo dispuesto en el literal I del párrafo primero del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Y así se determina.