Ahora en virtud de lo anteriormente expuesto este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, por cuanto la demanda no cumple con los requisitos establecidos en el articulo 5 de la Ley Contra el Desalojo y Desocupación Arbitraria, de conformidad con el ordinal 6to del articulo 340 del Código de Procedimiento Civil, por lo tanto se declara INADMISIBLE la presente causa de REIVINDICACIÓN DE INMUEBLE incoada por la ciudadana YANETTE HAMILTON, contra los ciudadanos ZULIMAR MORAN LANDAETA y CESAR LOPEZ.