Por los razonamientos arriba expuestos, este JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, EXTENSIÓN CARORA, ADMINISTRANDO JUSTICIA DE NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ordena de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, la Apertura del Juicio Oral y Público en la presente causa seguida al ciudadano RICHARD JAVIER TUA PIÑA, venezolano, titular de la cédula de identidad V-14.004.923, natural de Carora ¿ Estado Lara, nacido en fecha 23-01-1976, de 34 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio: taxista, hijo de Francisco Tua y Maria de Tua; residenciado en Barrio Nuevo, calle Julio J. Montero con calle Juan Silva, casa nº 14-62, a tres cuadras de la escuela José Herrera Oropeza, Carora ¿ Estado Lara. Teléfono: 0252-4211337, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE DROGAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 .....