Por  las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  Administrando Justicia, en Nombre de la República  Bolivariana  de Venezuela  y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR   la demanda que por motivo de RESOLUCION DE  CONTRATO  DE  VENTA  CON  RESERVA  DE  DOMINIO  intentado por el   BANCO  PROVINCIAL  S.A.,  BANCO  UNIVERSAL,  a  través  de  sus  Apoderados  Judiciales, Abogados NESTOR ALVAREZ, JACKSON PEREZ, MARLENE RODRIGUEZ y ANTONIO GARCIA,  inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 36.399, 48.195, 33.928 y 131.462, respectivamente en contra  del ciudadano: DOUGLAS  JOSE  PACHECO  LARA, todos  plenamente  identificados  en  autos.  En consecuencia,  PRIMERO: Se declara resuelto el contrato  celebrado  en  fecha   veintisiete  (27)  de Octubre de dos  mil  seis (2006)  y  archivado   por  ante  la  Notaría  Pública  Primera  del estado Barinas,  en  fecha  veintidós (22) de  Diciembre de  2008 de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Registro Público  y del Notariado; y .....