DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONFIRMA la decisión de fecha 25 de junio de 2008, dictada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión de la Sala de Juicio con sede en Puerto Ordaz, dictada en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN sigue la ciudadana WILMA GRISEL SOJO MUÑOZ contra el ciudadano JESUS ENRIQUE SALDIÑA NOGUERA, ello de conformidad con las disposiciones legales citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
Se declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la abogada CARMEN ROSA MOTA en su condición de apoderada judicial de la ciudadana WILMA GRISEL SOJO MUÑOZ.
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